Conmemoración (no celebración) del Día Internacional de la Mujer
Este 8 de marzo se conmemora el día internacional de la mujer,
pero no nos equivoquemos, no se trata de una celebración, sino, por el
contrario, pues en esta fecha se trae a colación el amargo recuerdo de
aquel 8 de marzo de 1908, en donde fallecieron 129 mujeres calcinadas
en el incendio de la fábrica Cotton, de Nueva York, Estados Unidos,
luego de que ellas se declararan en huelga, bajo el reclamo legítimo de
la reducción de jornada laboral a 10 horas y un salario igual al que
percibían los hombres. El dueño de la fábrica ordenó cerrar las puertas
del edificio para que las mujeres desistieran y abandonaran el lugar, no
obstante, el resultado fue la muerte de las obreras que se encontraban
en el interior de la fábrica cuando esta empezó a incendiarse.
La noción de ”conmemoración” hace referencia al acto y el
resultado de conmemorar: celebrar un aniversario, recordar a alguien o
algo de manera solemne, en tanto que la de “celebración”, es un
término que se refiere a la acción de celebrar o festejar algo.
Este hecho histórico dio inicio a la transformación económica y al
modo de trabajo en el mundo, sin embargo la lucha por la igualdad para
la mujer estaba lejos de concluir.
En 1910, en el marco de la Conferencia Internacional de Mujeres
Socialistas celebrada en Copenhague, Dinamarca, el tema central fue el
sufragio universal para todas las mujeres, y por moción de Clara Zetkin,
líder del levantamiento de las 20.000, se proclamó oficialmente el 8 de
marzo como el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, en homenaje
a las mujeres caídas en la huelga de 1908.
En 1911, como consecuencia de la decisión adoptada en
Copenhague el año anterior, el Día Internacional de la Mujer se
conmemoró por primera vez (el 19 de marzo) en Alemania, Austria,
Dinamarca y Suiza, con concentraciones a las que asistieron más de 1
millón de mujeres y hombres. Además del derecho de voto y de ocupar
cargos públicos, exigieron el derecho al trabajo, a la formación
profesional y a la no discriminación laboral.
En los años de 1913 a 1914, en el marco de los movimientos en
pro de la paz que surgieron en vísperas de la primera guerra mundial,
las mujeres rusas celebraron su primer Día Internacional de la Mujer, el
último domingo de febrero de 1913.
En el resto de Europa, las mujeres realizaron reuniones en torno al
8 de marzo del año siguiente para protestar por la guerra y para
solidarizarse con las demás mujeres.
En 1917, como reacción ante los 2 millones de soldados rusos
muertos en la guerra, las mujeres rusas escogieron de nuevo el último
domingo de febrero para declararse en huelga en demanda de “pan y
paz”, cuatro días después, el Zar se vio obligado a abdicar y el gobierno
provisional concedió a las mujeres el derecho de voto. Ese histórico
domingo fue el 23 de febrero, según el calendario juliano utilizado
entonces en Rusia, o el 8 de marzo, según el calendario gregoriano
utilizado en otros países.
En 1975, las Naciones Unidas celebraron el Día Internacional de la
Mujer, por primera vez, el 8 de marzo, pero fue hasta 1977, en su
Asamblea General cuando se designó oficialmente esa fecha.
Aún hoy en la actualidad, en pleno siglo XXI, en la plenitud y auge
de los derechos humanos, se siguen presentando situaciones de
discriminación hacia la mujer, tanto en el ámbito laboral como social y
cultural.
No obstante que la lectura de los artículos 1º, quinto párrafo y 4º,
primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, expresa claramente que, el principio de igualdad entre la
mujer y el hombre implica tanto la igualdad ante la ley como el mandato
de no discriminación por razón de género, resultando por tanto,
inaceptable la admisión de argumentos, razones o planteamientos que
atenten contra dichos derechos.
Claramente las recomendaciones generales 28 y 35 del Comité de
las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la
Mujer (Comité CEDAW), apuntan que el contexto ideológico, social y
cultural en que se desenvuelven las relaciones entre mujeres y hombres
muestran patrones socioculturales que determinan la existencia todavía
de conceptos estereotipados sobre la desigualdad y relaciones
asimétricas de poder entre ambos géneros, lo cual, a la postre,
engendra prácticas de discriminación.
En tales circunstancias, con la finalidad de tutelar los derechos
humanos de igualdad y no discriminación, las autoridades tienen el
deber de desestimar cualquier argumento que se formule con base en
un lenguaje que contenga estereotipos y prejuicios de género, debiendo
rechazar planteamientos de esa naturaleza.
Conmemoremos pues el Día Internacioinal de la Mujer haciendo
votos por la extinción y destierro definitivo de cualquier acto, omisión y
pensamiento discriminatorio, estereotipado y degradante hacia la mujer.
Como siempre un placer saludarlo esperando que estas pocas
letras hayan sido de su agrado y, sobre todo, de utilidad ¡Hasta la
próxima!