Restricciones temporales a las fronteras terrestres y servicio de ferry entre EE.UU, Canadá y México

Restricciones temporales a las fronteras terrestres y servicio de ferry entre EE.UU, Canadá y México
Por: Redacción | El Mexicano | 10/29/2021

A partir del 22 de octubre de 2021, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) extenderá la Notificación de Restricciones Temporales de Viaje aplicables a los puertos de entrada terrestres y al servicio de ferries entre los Estados Unidos y Canadá y la notificación respectiva para Canadá y México. Esta notificación entra en vigencia a las 12 a.m. hora del Este (EDT) del 22 de octubre de 2021 y permanecerá vigente hasta las 11:59 p.m. hora estándar del este (EST) del 21 de enero de 2022.

Las notificaciones amplían la restricción de viajes no esenciales en los puertos de entrada fronterizos terrestres. La restricción suspende la entrada a Estados Unidos por frontera terrestre, cruce de ferry, ferrocarril o por puertos de entrada costeros desde Canadá o México, como inmigrantes o no inmigrantes para cualquier viaje que no se considere esencial.

La determinación de viaje esencial sigue estando a discreción del puerto de entrada.

Los viajes esenciales incluyen, entre otros:
• Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales que regresan a los Estados Unidos;
• Personas que viajan con fines médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en los Estados Unidos);
• Personas que viajan para asistir a instituciones educativas;
• Personas que viajan para trabajar en los Estados Unidos (por ejemplo, personas que trabajan en la industria agrícola que deben viajar entre los Estados Unidos y Canadá o México para realizar dicho trabajo);
• Personas que viajan con fines de respuesta de emergencia y salud pública (por ejemplo, funcionarios del gobierno o personal de respuesta a emergencias que ingresan a los Estados Unidos para apoyar los esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial para responder a COVID-19 u otras emergencias);
• Personas que participan en el comercio transfronterizo legal (por ejemplo, conductores de camiones que apoyan el movimiento de carga entre los Estados Unidos, Canadá y México);
• Personas involucradas en viajes oficiales del gobierno o viajes diplomáticos;
• Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y los cónyuges e hijos de miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos que regresen a los Estados Unidos y;
• Personas involucradas en viajes u operaciones relacionadas con el ejército.

Los miembros de tribus reconocidas a nivel federal, cuyas reservas abarcan la frontera entre Estados Unidos y Canadá, también se consideran esenciales cuando viajan de una parte de una reserva a otra.

Los viajes no esenciales incluyen, entre otros:
• Los viajes en barco de recreo no son esenciales, ya que constituyen viajes con fines turísticos (por ejemplo, recreación);
• Si los viajeros buscan comprar suministros fácilmente disponibles donde residen en Canadá o México, sus viajes son ejemplos de viajes no esenciales: comestibles y combustible;
• Visitar a amigos y familiares no es esencial, a menos que sean cuidadores o ayuden a proporcionar transporte a una cita médica;
• Recoger y dejar el correo no es esencial a menos que sea un suministro necesario, es decir, por ejemplo: medicamentos recetados.

Tenga en cuenta que, a medida que las jurisdicciones locales se están moviendo para reiniciar sus economías y permitir que más empresas vuelvan a abrir, continúan las restricciones de viaje federales a lo largo de las fronteras terrestres. Además, a medida que los deportes profesionales comienzan a reanudarse, se considera esencial el desplazamiento de los atletas a través de los puertos de entrada fronterizos terrestres para participar en eventos deportivos.

Estas restricciones no se aplican a los viajes aéreos, ferroviarios de carga o marítimos entre los Estados Unidos y Canadá o México, pero sí se aplican al tren de pasajeros, los viajes en ferry de pasajeros y los viajes en barco de recreo entre los Estados Unidos y Canadá o México.
Para obtener información adicional, visite https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/index.html para obtener actualizaciones relacionadas con el COVID-19.



MÁS SOBRE Internacional