Todos los detalles para que puedas viajar a EE.UU con visa de turista

Todos los detalles para que puedas viajar a EE.UU con visa de turista
Por: Redacción |El Mexicano | 10/21/2020

Tijuana B.C., Octubre 21, 2020.- Tras multiples extinciones de las restricciones de cruces fronterizos, te traemos a ti la información sobre quién sí y quién no puede cruzar y cómo.

En Marzo de 2020, algunos países comenzaron a anunciar los cierres fronterizos, así como restricciones en las entradas y salidas de distintos países, con el fin de no recibir y exportar infecciones, aún se creía que podría controlarse, sin embargo llegó el punto al cual temíamos, que la pequeña epidemia que surgió en China, se saliera de las manos de los gobiernos.

Durante el transcurso de la pandemia hemos escuchado que se restringieron los cruces a los turistas, muchas veces interpretando un supuesto "racismo" por se mexicanos, pero es necesario limitar el cruce fronterizo para así evitar la propagación de Covid-19, tanto en México, como en nuestro país vecino, Estados Unidos. 

El gobierno de Estados Unidos Americanos anunció en su página https://mx.usembassy.gov/ las  restricciones de viaje relacionadas al Covid-19 en las fronteras con Canadá y México.
 
  • Punto Principal: Estados Unidos limitará de manera temporal los cruces fronterizos por tierra con Canadá y México únicamente a “viajes esenciales”.
  • Esta acción no evita que ciudadanos estadounidenses regresen a casa.
  • Estas restricciones son temporales y entraron en vigor el 21 de marzo de 2020. Continuarán vigentes hasta las 11:59 P.M. del 21 de noviembre de 2020. Esta decisión se ha coordinado con los gobiernos de México y Canadá.
  • Las siguientes categorías no entran en la definición de “viajes esenciales”:
    • Individuos que viajan pro turismo, recreación, apuestas o asistiendo eventos culturales en los Estados Unidos.

¿Quién se considera un viajero “esencial”?

  • Los ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que regresen a Estados Unidos.
  • Individuos que viajen por motivos médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en Estados Unidos).
  • Individuos que viajen para asistir a instituciones educativas.
  • Individuos que viajen para trabajar en Estados Unidos (por ejemplo los que trabajan en la industria de agricultura y que tienen que viajar entre Estados Unidos, Canadá y México por tal motivo).
  • Individuos que viajan para dar respuesta a emergencias y propósitos de salud pública (por ejemplo, funcionarios de gobierno o personal de emergencia que entre a Estados Unidos en apoyo de esfuerzos de gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial en respuesta a Covid-19 u otras emergencias).
    • Individuos involucrados en comercio transfronterizo legítimo (por ejemplo, conductores de camión que mueven la carga entre Estados Unidos, Canadá y México)
    • Individuos en viajes oficiales de gobierno o diplomáticos.
    • Militares de viaje o que lleven a cabo operaciones.

Debido a la pandemia, debes llenar el Cuestionario de Identificación de Factores de Riesgo en Viajeros , un documento que debes llenar para salir desde cualquier aeropuerto de México.  Te piden indicar si has tenido síntomas de Covid-19 o si has estado en contacto con un paciente enfermo. Puedes consultarlo en: https://www.aicm.com.mx/pasajeros/tips-para-pasajeros-2/aviso-importante

El Embajador de los Estados Unidos de América en México, Christopher Landau, ha contestado distintas preguntas hechas en twitter, tanto de ciudadanos y residentes estadounidenses, como de ciudadanos mexicanos.

Estados Unidos está coordinándose estrechamente con Canadá y México para proteger a a sus ciudadanos y minimizar los impactos económicos.
 
Preguntas y Respuestas
 
P: ¿Qué significa para los viajes aéreos y otros viajes transfronterizos?
R: Esta acción no aplica para viajes aéreos, por ferrocarril o marítimos en este momento, pero sí aplica para trenes suburbanos y ferris.
 
P: ¿Qué sucede con las empresas que dependen del tráfico fronterizo?
R: En la mayoría de los casos, los viajes de trabajo y los embarques son considerados viajes esenciales. Favor de revisar los requisitos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
 
P: ¿Cómo impactará a las comunidades fronterizas que regularmente viajan a lo largo de la frontera para adquirir servicios y suministros esenciales, especialmente comunidades remotas?
R: Estas acciones están enfocadas en ayudar a proteger comunidades del contagio de Covid-19. El comisionado de CBP puede determinar qué otros modos de viaje como viajar con motivo de estabilidad económica u orden social constituyen un “viaje esencial”. En este momento, la prioridad es reducir las oportunidades de que el virus se propague.
 
P: ¿Cómo lidiarán con los migrantes en la frontera?
R: El Departamento de Seguridad Nacional continúa aplicando las leyes migratorias de Estados Unidos en todas las fronteras, incluyendo entre los puertos de entrada.
 
P: ¿Qué pasa con los ciudadanos estadounidenses y los de doble nacionalidad que viven en el extranjero? ¿Podrán cruzar?
R: Sí. Esta acción no prohíbe a los ciudadanos estadounidenses regresar a casa.


Información obtenida de: https://mx.usembassy.gov/



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