Reducen beneficios a empresas certificadas para IVA e IEPS

Para aquellas con programa de la industria maquiladora y manufacturera de servicios de exportación

Reducen beneficios a empresas certificadas para IVA e IEPS
Por: EL MEXICANO | 07/27/2020

TIJUANA.- Entró en vigor la “Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2020”, con excepción de algunos transitorios, en la que se realizaron cambios que impactan a las empresas IMMEX con Certificación de IVA e IEPS.

Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, refirió que derivado de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, los beneficios administrativos, fiscales, operativos y legales son limitados a únicamente cinco.

Quedando el que establece la Ley del IVA y del IEPS, es decir, el crédito fiscal del IVA (Impuesto al Valor Agregado) e IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) en las importaciones temporales; el esquema de despacho conjunto para las empresas IMMEX de los sectores eléctrico o electrónico, de autopartes y aeronave y de la industria automotriz podrán utilizar el esquema de despacho conjunto.

Mientras que las empresas IMMEX autopartistas podrán registrar en los sistemas de control de inventarios las mercancías que enajenaron a la Industria Automotriz Terminal.

Por otro lado, apuntó el abogado fiscalista, que eliminan beneficios entre los cuales el más delicado y que afectará el flujo de estas industrias trasnacionales establecidas en territorio nacional están la devolución del IVA en los plazos preferenciales de 10, 15 o 20 días.

Asimismo, la inscripción inmediata de los padrones sectoriales de importación y exportación; el plazo para otorgar pruebas y no suspensión automática de los padrones general y sectoriales; presentación de escrito libre para cumplimiento espontáneo sobre irregularidades de las operaciones de comercio exterior.

"También se suprime la no obligación de presentar manifestación de valor; el plazo de 60 días para cumplimiento de regulaciones no arancelarias para la sustitución del embargo precautorio de mercancías; el plazo de 36 meses para la importación temporales de mercancías; el omitir los datos de identificación individual (números de serie, parte, marca y modelo), y presentar en transferencias virtuales el pedimento único", comentó.

Además, se eliminó el envío de previo de cartas invitación para cumplimiento de obligaciones; la simplificación en los módulos del sistema de control de inventarios; el plazo de 3 meses para rectificar los pedimentos; la presentación de pedimentos mensuales; el omitir los números de serie y en en las importaciones temporales o introducción los números de serie.

Así como el llevar a cabo el despacho aduanero en domicilio del exportador; realizar las transferencias virtuales con clave de pedimento V5; y el efectuar la consolidación de carga tramitados hasta por 3 agentes o apoderados aduanales.

"En este sentido, la entrada en vigor de estas disposiciones que eliminan las diversas prerrogativas para este sector será a partir de que las empresas obtengan su autorización de empresas certificadas en la modalidad de IVA e IEPS, o al recibir la renovación de la citada certificación", destacó Octavio de la Torre.



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