Diputados aprueban el uso obligatorio de cubrebocas en Michoacán

La única excepción a la ley es cuando las personas ingieran alimentos o bebidas.

Diputados aprueban el uso obligatorio de cubrebocas en Michoacán
Por: M. Barriba Gil | 01/20/2021

Tijuana, B.C., Enero 20.- Mucho se ha cuestionado la efectividad del uso del cubrebocas, por lo que existe un grupo de personas, las cuales no están dispuestas a utilizar la mascarilla, para su protección y la de las demás personas; es por eso que en Michoacan, salió la propuesta de obligar el uso del cubrebocas en espacios públicos para evitar contagios de COVID-19

Luego de que los diputados locales aprobaron este martes en la sesión extraordinaria de pleno de la LXXIV Legislatura de Michoacán la iniciativa de ley presentada por el gobernador, Silvano Aureoles Conejo, la cual prevé sanciones para las personas que incumplan con la disposición. La propuesta se aprobó por mayoría la iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley que Regula el Uso de Cubrebocas en el Estado de Michoacán de Ocampo.

 

Según el dictamen, el uso obligatorio de las mascarillas protectoras será durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria y hasta que la autoridad sanitaria competente declare oficialmente su conclusión. Este proyecto contempla establecer “'como medida de preservación y cuidado a la salud pública' la obligatoriedad de este accesorio, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria por Covid-19". El proyecto establece el uso obligatorio del cubrebocas para todas las personas que se encuentren en vías y espacios públicos entorno al aire libre, al interior de establecimientos, públicos o privados, así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público. 

La excepción a la ley será el momento de consumir alimentos y bebidas, así como pacientes inmunodeprimidos, asmáticos, con fibrosis quística, cáncer o lesiones faciales, así como personas con trastornos cognitivos, respiratorios o auditivos, discapacidades u otros trastornos de salud específicos que pudieran interferir con el uso correcto del cubrebocas.

Cabe destacar que la aprobación de la ley no sustituye las otras medidas sanitarias para prevenir el contagio de Covid-19, tales como el distanciamiento social de por lo menos 1.5 metros, el lavado frecuente de manos o el uso de gel antibacterial por mencionar algunas.

Los establecimientos deberán de colocar letreros en los accesos, los cuales indicarán que se prohíbe el ingreso a personas que no porten el cubrebocas, al igual que en el transporte publico, donde los choferes podrán negar el transporte a las personas que no porten dicho instrumento.

Con la finalidad de fortalecer el proyecto, se decidió y adicionó el establecer un Fondo, el cual será integrado por las multas que se recauden y cuyo fin será el dotar de cubrebocas al personal sanitario y grupos en situación de vulnerabilidad.

La ley entrará en vigor al día siguiente  de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE), por parte del Poder Ejecutivo michoacano. Destaca el reconocimiento esta decisión por el gobernador de Michoacán, quien enfatiza que los legisladores han tomado una buena decisión, ya que esta medida que se convierte en un gran instrumento para reducir los contagios. A partir de la aprobación  se darán 7 días naturales para que informe sobre la misma a la población y se les capacité sobre el uso adecuando del tapabocas. Posteriormente se darán otros 7 días para que comiencen a aplicarse las sanciones.

imagen-cuerpo


MÁS SOBRE Nacional